NOTA INFORMATIVA SOBRE OBLIGATORIEDAD DE PAGO DE LAS
CUOTAS DE LA EUCC DEL POL IND GUAPALHORCE.

 

1.- Calculo de la cuota.

 

Tras la modificacion estatutaria aprobada en asamblea de fecha 12/5/2011, la obligacion de contribuir a la Entidad Urbanistica viene detenninada por los metros cuadrados de propiedad. Asi se recoge en el articulo 9.5 de 105 Estatutos.

 

EI coeficiente a aplicar viene determinado por el cociente entre metros de propiedad dividido por el total de metros computables, que actual mente son aproximadamente 1.350.000 metros cuadrados. Con el presupuesto de gastos vigente la repercusi6n por metro cuadrado es de 0,031 euros al meso Es decir, la cuota de una parcel a de 500 metros cuadrados es aproximadamente 15.51 euros al mes 0 46.50 euros al trimestre.

 

2.- Normativa aplicable.

 

La obligatoriedad de la contribucion a 10s gastos de la EUCC, que es un organo tutelado por la Administracion PUblica, viene recogida en las normas siguientes:

 

Ley de Ordenacion Urbanistica de Andalucia (Ley 7/2002). Art. 153. RD 3288/1978. Articulos 24 y siguientes.

P.G.O.U. de Malaga.

Planes Parciales.

Estatutos de Ia EUCC : Arts. 9.5 y 10.3.

 

Con la presente nota Ie rogamos su colaboraci6n para atender las cuotas de la Entidad Urbanistica, Le recordamos que la EUCC puede exigir el abono de las cuotas tanto por la via administrativa como alternativamente la via civil.

 

En el caso de utilizar estas vias para exigir el cobro la deuda se vena incrementada considerablemente. Para evitar esta situacion Ie rogamos que contacte con la administracion de la EUCC.